Renovación de la licencia comercial y pago de impuestos
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Renovación de la licencia comercial
Las empresas están obligadas a pagar un impuesto anual de licencia comercial. Cada licencia anual se expedirá por un período de doce meses, del 1 de mayo al 30 de abril.
- La renovación de la licencia comercial vence el 30 de abril de cada año.
- El impuesto sobre la licencia comercial se calcula a partir de los ingresos brutos declarados en la declaración de la renta federal del año anterior.
- Para evitar el pago de multas en la renovación anual de su licencia comercial, la tasa debe recibirse y/o llevar el sello postal a más tardar el 30 de abril.
Opciones de pago
- Pago en línea:
- Los pagos con tarjeta de crédito están limitados a $5,000.
- Necesitará su código PIN que se encuentra en la esquina superior derecha de su Formulario de pago de impuestos.
- Pago por correo:
- Ayuntamiento de Hilton Head Island
Attention: Revenue Services
1 Town Center Court
Hilton Head Island, SC 29928
- Para garantizar la seguridad del titular de la tarjeta, no aceptaremos información sobre la tarjeta de crédito en formato impreso (recibida por correo y/o FAX). Los documentos impresos no se tramitarán y se le devolverán.
- Ayuntamiento de Hilton Head Island
- Pago en persona:
- Ayuntamiento de Hilton Head Island
Complejo Municipal Stephen G. Riley
1 Town Center Court
Hilton Head Island, SC 29928
- Los pagos con tarjeta de crédito están limitados a la tramitación en persona y/o en lÃnea con un límite de $5,000.
- Ayuntamiento de Hilton Head Island
¿Qué pasa si me retraso en la renovación?
La falta de pago en la fecha de vencimiento dará lugar a la imposición de sanciones. Las sanciones se calculan de la siguiente manera:
- El 5% del monto impagado por cada mes de retraso hasta el pago total.
- Además, las empresas morosas están sujetas a un requerimiento municipal de $1,087.50.
Calendario de pagos del impuesto sobre el alojamiento, el impuesto sobre la hospitalidad y la tasa de conservación de las playas
Vencimiento | del pago |
---|---|
Primer trimestre (enero, febrero, marzo) | 20 de abril del año calendario |
Segundo trimestre (abril, mayo, junio) | 20 de julio del año calendario |
Tercer trimestre (julio, agosto, septiembre) | 20 de octubre del año calendario |
Cuarto trimestre (octubre, noviembre y diciembre) | 20 de enero del año calendario inmediatamente posterior |
* Para evitar el pago de penalizaciones sobre el impuesto de Hospitalidad y Alojamiento y las tasas de Preservación de playas, deben estar recibidos y/o matasellados a más tardar el día 20 del mes siguiente a la fecha de vencimiento del impuesto.
¿Preguntas?
Póngase en contacto con Servicios de Recaudación escribiendo a RS@hiltonheadislandsc.gov o llamando al 843-341-4677